martes

DOS VISIONES CLÁSICAS DEL CONTRATO SOCIAL: HOBBES vs ROUSSEAU


Fuente: Alfonso Ortiz/Paco Espadas. Historia de la Filosofía

 El proceso de emancipación racional iniciado por la Ilustración, también alcanza a la organización de la sociedad y de la vida política. Para los ilustrados la sociedad es concebida como un artificio ideado por la Humanidad para solventar los problemas planteados por la vida en un hipotético “estado de naturaleza”, a saber, los que se desprenderían de una convivencia no mediatizada por el cumplimiento de más leyes y normas que las dictadas por la propia naturaleza humana. Se rechaza, pues, la tradicional concepción teocrática del poder político según la cual éste emana de Dios y se manifiesta en su representante terrenal: el Rey
Como afirmaría Rousseau, uno de los máximos exponentes de las teorías filosóficas del contrato social, el estado de naturaleza “es un estado que no existe, y que acaso no haya existido nunca y probablemente no existirá jamás, y del que, sin embargo, es necesario tener conceptos adecuados para juzgar con justeza nuestro presente”.
El pensamiento ilustrado nos legó dos importantes modelos teóricos sobre el origen contractual de la sociedad:
Thomas Hobbes: el contrato de sumisión
 El filósofo inglés (1588-1679) sostuvo que el hombre en estado natural hace girar todo en torno a sí mismo. Su derecho sobre todo es ilimitado. Sus pasiones le impulsan a quererlo todo, a desearlo todo. En tal estado, y debido al derecho a todo de todos y a la igualdad natural, la tensión constante (“estado de guerra de todos contra todos”, lo llamará Hobbes) convertirá al hombre en un “lobo para el hombre” (homo homini lupus) y a la vida en “asquerosa, brutal y corta”. La razón le hace llegar a una conclusión: comprende que debe ceder parte de sus derechos naturales a cambio de alcanzar más seguridad y una vida más agradable. Desde aquí, la Humanidad se verá obligada a llevar a cabo la construcción de la sociedad.
El pacto inicial, libremente asumido, transfiere todos los derechos naturales (incluida la utilización de la violencia) a una “persona artificial” , el soberano, cuya voluntad se convierte a partir de entonces en ley de obligado cumplimiento para todos los firmantes del pacto. Sólo si el gobernante deja de proporcionar a los ciudadanos la protección para la que fue designado, los ciudadanos pueden declarar nulo el pacto. Un estado basado en este contrato es como un gigante compuesto de hombres corrientes, como un Dios terrenal todopoderoso, un Leviatán (así lo denomina el propio Hobbes en alusión al monstruo bíblico descrito en el Libro de Job).
J.J. Rousseau: la voluntad general
 Rousseau parte de una concepción optimista de la naturaleza humana: el ser humano es bueno y libre por naturaleza; la vida en sociedad lo ha corrompido moralmente y ha minado su libertad. A pesar de esta visión negativa de la vida en sociedad, Roussea manifiesta que es inútil soñar con una vuelta al estado de naturaleza, aunque es posible la regeneración moral del ser humano si se procede a una “refundación” de la sociedad a través de un pacto.
Para Rousseau el verdadero contrato social ha de ser un contrato de libertad. Pero ello no significa, en modo alguno, que en el orden social y político establecido por el contrato social no haya y tenga que haber sumisión y obligatoriedad de la ley. El carácter genuino del problema está, al contrario, precisamente en el sentido de la sumisión a la ley y en el sentido de la libertad. En efecto, “el problema fundamental del cual el contrato social da la solución” – escribe Rousseau -, es “encontrar una forma de asociación…por la que cada uno, uniéndose a todos, no obedezca, sin embargo, más que a él mismo, y permanezca tan libre como antes” (El contrato social, libro I, cap. VI).
En el contrato social, por el que se da el paso de la libertad “natural” a la “libertad civil y política”, se da una querida y libre alienación, una desposesión de lo que pertenece al “hombre natural”; pero no en favor de un individuo, sino en favor de toda la comunidad, viniendo así a crear una unión social perfecta, cuya expresión y principio rector es lo que llama Rousseau la “voluntad general”. Los hombres no se someten sino a la ley que ellos mismos se han dado: “Al darse cada uno a todos los demás - escribe Rousseau -, no se da a ninguno en particular y, como no existe ningún miembro de la comunidad sobre el que no se gane el mismo derecho que al que a él se le permite sobre uno mismo, así cada uno recobra lo que entrega en la misma medida, y recibe, al mismo tiempo, una fuerza mayor para afirmarse a sí mismo y mantenerse en lo que es y en lo que tiene” (ídem).
Rousseau indica que la “voluntad general” no puede confundirse con la “voluntad de la mayoría”, ni siqueiera con la “voluntad de todos”. Para que la última se convirtiese en la primera, haría falta que los ciudadanos estuviesen debidamente informados a la hora de emitir su voto y que se suprimieran las sociedades parciales dentro del Estado (partidos políticos). Sin estos dos requisitos, la voluntad de la mayoría respondería siempre a los intereses de un grupo, por muy numeroso que éste fuese, y así no se garantizaría la independencia de voto. Para Rousseau, la voluntad general es la de los ciudadanos reunidos en asamblea: una democracia directa, no una democracia representativa o delegada como es la nuestra.

No hay comentarios:

Publicar un comentario